El 10 de mayo de 2025 entró en vigor el nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales publicado en el BOE de 10 de abril (RD 164/2025). Veremos algunos cambios claves que tenemos que tener en cuenta para nuevos proyectos.
¿QUÉ CAMBIA?
El nuevo Real Decreto 164/2025 introduce cambios relevantes en la normativa de seguridad contra incendios en establecimientos industriales. Su aplicación supone una mayor exigencia técnica, más control y mayor trazabilidad documental. A continuación, te resumimos los principales puntos clave:
- Homologación con normativa general: Se unifican criterios con el Código Técnico de la Edificación (CTE) y el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI).
- Inspecciones más exigentes: Inspección inicial obligatoria para nuevos establecimientos o reformas importantes.
- Inspecciones periódicas cada 5 años, con requisitos más rigurosos.
- Exigencias técnicas ampliadas:
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- Se endurecen los criterios en evacuación, resistencia al fuego, compartimentación, detección y alarma, especialmente en instalaciones con:
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- Estructuras verticales complejas
- Materiales textiles
- Estanterías metálicas o cámaras frigoríficas
- Documentación técnica obligatoria: Cualquier nueva instalación o reforma relevante requerirá un proyecto técnico firmado por profesional competente y comunicación ante el órgano competente de Industria.
- Periodo transitorio limitado: A partir de noviembre de 2025, muchas obligaciones serán de cumplimiento ineludible, incluso para instalaciones existentes,
¿a QUIÉN AFECTA EL NUEVO RSCIEI?
Según el artículo 2 del Real Decreto, la norma aplica a cualquier establecimiento destinado a uso industrial, incluyendo:
- Actividades industriales (producción, transformación, reparación o almacenamiento de bienes materiales):
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- Industrias alimentarias, textiles, químicas, farmacéuticas, metalúrgicas, etc.
- Plantas de montaje o ensamblaje
- Fábricas de componentes
- Almacenes industriales:
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- Centros logísticos
- Zonas de almacenamiento interno de fábricas
- Naves de residuos derivados de procesos industriales
- Talleres de reparación de vehículo. Incluye tanto pequeños talleres como concesionarios con servicio técnico.
- Servicios auxiliares vinculados a la industria:
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- Lavaderos industriales
- Salas técnicas (compresores, climatización, etc.)
- Áreas de prototipado o ensayo
- Exclusiones
- El reglamento no se aplica a:
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- Centrales nucleares o instalaciones radiactivas
- Explotaciones ganaderas o agrícolas
- Infraestructuras militares
- Instalaciones ferroviarias en servicio
- Explotaciones mineras
¿Y SI NO SE CUMPLE?
El incumplimiento puede conllevar sanciones económicas, responsabilidad civil o penal en caso de siniestros, y perjuicios en auditorías o seguros. La nueva normativa busca garantizar la seguridad de las personas y minimizar los riesgos en entornos industriales.
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