En este artículo os hablaremos de las diferencias existentes entre las segregaciones y las particiones. Posteriormente os explicaremos los pasos necesarios a seguir para tramitarla con éxito en el menor tiempo posible.
Una segregación no es más que la modificación de una finca registral respecto a su configuración inicial. En términos generales, se trata de la separación de una parte de una finca para constituir una finca independiente. Para realizar dicha separación y que resulte válida respecto a su correspondiente autoridad competente (generalmente los ayuntamientos), es necesario que cumpla con las condiciones impuestas en las normas urbanísticas del ayuntamiento en el que corresponda, tales como fachadas mínimas o superficies mínimas de parcela. De esta forma, todas las parcelas resultantes de la segregación deberán cumplir con dichas normas.
Cuando hablamos de partición, lo que se hace es “eliminar” la finca existente en el registro y sustituirla por dos o más fincas nuevas. Si lo que queremos hacer es segregar una finca, estaríamos hablando de una finca matriz a la que se le “separaría” una de sus parcelas formando nuevas, pero manteniendo la parcela inicial con una superficie menor.
Si has llegado hasta aquí significa que te has dado cuenta de la gran cantidad de información que es necesaria contrastar y verificar para poder llevar a cabo la segregación de tu parcela o finca e implica cambios catastrales y registrales. Es por ello que generalmente se suele precisar de un técnico con experiencia en estos procedimientos, el cual se encargue de realizar el proyecto de segregación, con sus correspondientes mediciones, cálculos, dibujos CAD y planos técnicos que permitan identificar y delimitar perfectamente cada una de las fincas a obtener. Una vez que cuentes con un técnico especializado, el proceso a seguir será el siguiente:
Es el primer paso a seguir. En este paso el técnico realizará una visita a la finca y tomará los datos necesarios para realizar el procedimiento, como toma de medidas, estado del terreno, construcciones… Posteriormente, esta información será reflejada en un documento donde se expondrá tanto el estado inicial de las parcelas como la segregación o partición que se quiere realizar, y una justificación del cumplimiento de las normas urbanísticas para cada parcela.
El proyecto de segregación deberá ser entregado al ayuntamiento en cuestión junto con la solicitud de licencia de parcelación y el abono de las tasas en caso de existir. Será este último quien otorgue o deniegue la licencia de segregación o parcelación.
En caso de obtener con éxito la aprobación de la licencia de segregación o partición, se deberá contactar con un notario, el cual redactará una escritura de segregación o parcelación según los datos aportados por el técnico sobre las parcelas iniciales y resultantes del proceso de segregación o parcelación.
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